Multas de tráfico por circular sin cinturón
de seguridad
Ley de tráfico
Segun Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la
que se modifica el texto articulado de la Ley
sobre Tráfico, Circulación de Vehículos
a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, en
materia sancionadora:
Artículo 65. Cuadro general de infracciones
4. Son infracciones graves,
cuando no sean constitutivas de delito, las conductas
tipificadas en esta Ley referidas a:
h) No hacer uso del cinturón
de seguridad, sistemas de retención infantil,
casco y demás elementos de protección.
Artículo 67. Sanciones
1. Las infracciones leves serán
sancionadas con multa de hasta 100 euros; las
graves con multa de 200 euros; y las
muy graves con multa de 500 euros. No obstante,
las infracciones consistentes en no respetar los
límites de velocidad se sancionarán
en la cuantía prevista en el Anexo IV de
esta Ley.
Anexo II. Infracciones que llevan
aparejada la pérdida de puntos
| Infracción |
Puntos |
| 18. No hacer uso del cinturón
de seguridad, sistemas de retención
infantil, casco y demás elementos
de protección |
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Modelo recurso multa tráfico por circular
sin cinturón de seguridad
Expediente: N_EXPEDIENTE
Fecha denuncia: _FECHA
Lugar denuncia: _LUGAR
Matrícula: _MATRICULA
ILMO. SR.
D. _NOMBRE_APELLIDO,
con domicilio en _NOMBRE_POBLACION,
con D.N.I. n: _NUMERO_DNI,
provincia de _PROVINCIA
, calle _CALLE
n: _NUMERO
código postal _CODIGO_POSTAL
, ante el ELEGIR:
[_AYUNTAMIENTO] [_JEFATURA PROVINCIAL
DE TRÁFICO] , comparece
y como mejor proceda en Derecho.
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EXPONE
Que en virtud de este escrito, y dentro
del plazo legal, se presenta ESCRITO DE
ALEGACIONES(RECURSO ORDINARIO, DE ALZADA,
DE REPOSICIÓN), contra la notificción
de referencia al margen, por no encontrarla
ajustada a derecho, de conformidad con
la siguiente ALEGACIÓN:
PRIMERO.- Que se me ha denunció,
por "no utilizar la persona denunciada
el cinturón de seguridad"
en la que se impone una multa, como consecuencia
de una infracción del articulo
117.1 del Real Decreto 13/1992, de 17
de enero, por el que se aprueba el Reglamento
General de Circulación. En todo
momento hago uso de cinturón reglamentario,
y sin duda, se trata de un error involuntario
o de percepción del Agente denunciante.
SEGUNDO.- Que se está atentando
a su vez contra el principio de legalidad
ya que el artículo 69 de la Ley
de Seguridad Vial recoge como circunstancias
en orden a las que graduar las sanciones:
gravedad, trascendencia del hecho, antecedentes
del infractor y peligro potencial creado.
El boletín de denuncia se limita
a la escueta descripción fáctica
que ha quedado expuesta, sin añadir
nada referente a los elementos agravatorios
descritos en el artículo citado
y no se recoge que hubiera gravedad, trascendencia,
peligro potencial o antecedentes infractores,
por lo cual solicito se decrete el apercibimiento
o se aplique la sanción en grado
mínimo.
TERCERO Que con el fin de desvirtuar la
presunción de veracidad "iuris
tantum" sentada por el artículo
76 del R.D.L. 339/90 SOLICITO LA PRACTICA
DE LA PRUEBA consistente en la aportación
por el agente denunciante de los elementos
probatorios en que se fundamenta el hecho
denunciado, pues el propio artículo
76 impone como deber a los agentes de
la autoridad la aportación de tales
elementos probatorios, sin que surta tal
efecto la mera alegación y posterior
ratificación del agente denunciante,
si no consta en el expediente incoado
tal elemento probatorio
CUARTO.- Se vulnera el PRINCIPIO DE TIPICIDAD.
El articulo 25.1 CE, establece la obligatoriedad
de la tipificación legal al nominar
que nadie puede ser sancionado por acciones
u omisiones que en el momento de producirse
no constituyan infracción administrativa
según la legislación vigente
en aquel momento, y en el mismo sentido
el articulo 129 de la LRJPAC 30/1992,
de 26 de Noviembre.
En virtud de lo expuesto,
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SOLICITO. Que de conformidad con las previsiones
del articulo 12 del RD 320/1994, de 25 de
febrero, en relación a los artículos
114 a 117 de la LRJPAC 30/1992, se tenga
por interpuesto el ESCRITO DE ALEGACIONES(RECURSO
ORDINARIO, DE ALZADA, DE REPOSICIÓN),
y tras la admisión y práctica
de las pruebas propuestas así como
de aquellas actuaciones necesarias que en
derecho correspondan, se dicte resolución
archivando las actuaciones practicadas.
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Es
Justicia que pido en _POBLACION,
a _FECHA.
Fdo. _NOMBRE_APELLIDO |
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